Revista de descontaminación industrial, recursos energéticos y sustentabilidad.

Todo Partió en Washington

Todo Partió en Washington

El Gobierno no firmó el acuerdo de Escazú. ¿Qué tratados internacionales sí ha suscrito Chile?



Cuentan que en Escazú hay más leyendas que colegios, plazas e incluso casas. Por algo se le conoce en Costa Rica como la “Ciudad de las Brujas”. Allí, en ese distrito de más de 12 mil habitantes, se forjó un acuerdo internacional cuya rúbrica fue rechazada por el Gobierno de Chile contra la postura de la inmensa mayoría de los especialistas en derecho ambiental y defensores del medio ambiente.

El tratado aspira a proteger tres derechos básicos: acceso a la información ambiental (cualquier persona puede requerirla), participación pública de los procesos de toma de decisiones ambientales (para vigilar posibles proyectos que puedan tener impacto negativo sobre el ambiente), y acceso a la justicia ambiental (que puede ser impulsada por cualquier ciudadano).

Pese a ser uno de los impulsores del pacto en su gestación, en 2018, el Presidente Sebastián Piñera y su gobierno decidieron no ratificarlo porque “Chile ya tiene una legislación moderna y muy completa en relación a los derechos a los que se refiere Escazú.

Solo de la lectura de este tratado queda en evidencia que en muchos casos se refiere a materias de gran importancia de manera vaga y ambigua y particularmente en forma indefinida e imprecisa en término de las obligaciones a las que se compromete el Estado que lo suscribe y ratifica”, expuso como argumentos el canciller Andrés Allamand.

Agregó que “el acuerdo expone al país a la contingencia de demandas internacionales por razones ambientales, lo que desde nuestro punto de vista implica una afectación grave en materias de soberanía que son fundamentales para el desarrollo”.

Por su parte, la Ministra del Medio Ambiente, Carolina Schmidt, aseguró que “apoyamos y estamos plenamente de acuerdo con todos y cada uno de los fundamentos medioambientales que son base del tratado de Escazú. El problema es la forma en que quedó finalmente redactado porque introduce incertidumbres que no son posibles de solucionar, ya que este acuerdo no admite ningún tipo de reserva”.

Grave Contradicción

Lamentando la decisión, Valentina Durán, Directora del Centro de Derecho Ambiental y académica de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, sostuvo en un artículo del plantel que “si no está dispuesto a asumir la agenda transformadora del Acuerdo de Escazú, el Estado de Chile está incurriendo en una grave contradicción. Aunque como país mostramos avances en materia medioambiental, todavía nos falta mucho, sobre todo a la hora de proporcionar información adecuada para la gestión de los recursos hídricos y contaminación del aire, además de avanzar en mayor garantía al acceso a la justicia ambiental. Además, la negativa a firmarlo abre la pregunta de si Chile está comprometido en acciones de cooperación respecto a derechos humanos en asuntos ambientales o, al contrario, tiene una mirada cortoplacista en que entiende que la participación en estos temas son barreras al desarrollo”.

Muy crítica fue también Flavia Liberona, Directora Ejecutiva de Fundación Terram, quien en una columna afirmó que con su negativa a suscribir el acuerdo “el gobierno transparenta su posición, dejando claro que no tienen interés ni intención de que Chile avance en temas de transparencia de la información ambiental, participación pública en la toma de decisiones en el trascendente ámbito, así como en la protección de los defensores del medio ambiente”.

Acuerdos Globales

Unas ocho décadas antes que Escazú apareciera, Chile comenzó a participar en negociaciones y a firmar tratados globales y bilaterales conducentes a proteger el entorno natural y humano. Considerando antecedentes publicados por el Ministerio del Medio Ambiente, la biblioteca del Congreso Nacional y el Centro de Ecología Aplicada y Sustentabilidad de la Universidad Católica, a continuación hacemos un resumen cronológico de los más importantes.

• Convención de Washington

Suscrito en 1940 y ratificado por Chile en 1967, busca la protección de la flora, fauna y bellezas escénicas naturales de América.

• Tratado Antártico

Vigente en Chile desde junio de 1961 para asegurar el uso de la Antártica exclusivamente para fines pacíficos. En octubre de 1991 se le incorporó el Protocolo de Madrid por la necesidad de incrementar la protección del medio ambiente antártico y de sus ecosistemas.

• Convención Ramsar

Firmada en 1971, sirve de marco para la acción nacional y la cooperación internacional en pro de la conservación y uso racional de los humedales y sus recursos.

• CITES

En aplicación desde 1975, la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres tiene el claro propósito de contribuir a su supervivencia.

• Convención sobre la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos

Vigente en Chile desde octubre de 1981, “busca proteger, salvaguardar y conservar la integridad de los ecosistemas de los mares que rodean la Antártica y de los recursos vivos marinos antárticos”.

• Protocolo de Montreal

Desde 1989 establece un marco para “proteger la capa de ozono con la adopción de medidas precautorias para controlar las emisiones globales de las sustancias que provocan su disminución”.

• Convenio de Viena

Data de marzo de 1990 y su misión es “proteger la salud humana y el medio ambiente de los efectos negativos producidos por las modificaciones en la capa de ozono”.

• Convenio de Basilea

En vigor desde mayo de 1992, procura reducir el movimiento transfronterizo de desechos peligrosos en una forma que sea consistente con su manejo eficiente y ambientalmente adecuado.

• Convención Marco sobre Cambio Climático

Vigente en Chile desde 1995, se enfoca en la estabilización de las concentraciones de los Gases de Efecto Invernadero (GEI) en la atmósfera. Esto, a un nivel tal que ya no existan interferencias antropógenas significativas en el sistema climático.

• Convención sobre la Diversidad Biológica

En aplicación en nuestro país desde 1995, “promueve el uso sustentable de los componentes de la biodiversidad y fomenta una distribución equitativa de los beneficios generados por la utilización de los recursos genéticos”.

• Convención para la Lucha contra la Desertificación

Busca combatir la desertificación y mitigar los efectos de la sequía en los países afectados, especialmente en África. Chile la adoptó en 1998.

• Protocolo de Cartagena

Firmado en mayo de 2000, pero aún no ratificado por Chile, su objetivo es “contribuir a garantizar un nivel adecuado de protección en la esfera de la transferencia, manipulación y utilización seguras de los organismos vivos modificados resultantes de la biotecnología moderna que puedan tener efectos adversos para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica”.

• Convenio de Estocolmo

Su foco es la protección de la salud humana y del medio ambiente frente a los Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs). En aplicación en nuestro país desde mayo de 2005.

• Convenio de Rotterdam

También desde el año 2005, “promueve la responsabilidad compartida y los esfuerzos conjuntos de las partes en la esfera del comercio internacional de ciertos productos químicos peligrosos, a fin de proteger la salud humana y el medio ambiente frente a posibles daños”.

• Protocolo de Kioto

Tras entrar en vigor en febrero de 2005, ha sido hasta ahora uno de los instrumentos jurídicos internacionales más relevantes para concretar acciones para frenar el cambio climático. En un principio, solo planteaba obligaciones a los países desarrollados, con miras a que redujeran al menos el 5% de sus emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) entre 2008 y 2012, con respecto al inventario de 1990. Según la Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, en ese primer periodo, logró rebajar el 22% de las emisiones en 37 países industrializados y la Unión Europea. En 2012, se extendió la vigencia de este Protocolo hasta 2020 y se redefinió la meta, aumentando la ambición en la captura de emisiones de carbono.

• ODS y Acuerdo de París

En 2015, los países miembros de la ONU, incluido Chile, definieron 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) a cumplir al año 2030. También se aprobó el Acuerdo de París, que viene a sustituir el Protocolo de Kioto, con el compromiso global de acelerar e intensificar las acciones e inversiones necesarias para un futuro sostenible con bajas emisiones de carbono, evitando así que el incremento de la temperatura media global del planeta supere los 2 °C respecto a los niveles preindustriales.

Acuerdos Bilaterales

• Tratado entre Chile y Argentina sobre Medio Ambiente

Suscrito en abril de 1993 para “emprender acciones coordinadas o conjuntas en materia de protección, preservación, conservación y saneamiento del medio ambiente e impulsar la utilización racional y equilibrada de los recursos naturales”.

• Acuerdo de Cooperación Ambiental Chile - Canadá

Promulgado en julio de 1997. Sus principales objetivos son fortalecer la cooperación ambiental entre las partes y asegurar la ejecución eficaz de las leyes y regulaciones ambientales de cada una de ellas, favoreciendo además que se alcancen las metas y los objetivos ambientales del Tratado de Libre Comercio.

• Acuerdo de Cooperación Ambiental Chile - Estados Unidos

Data de marzo de 2004 y su foco es “establecer un marco para la cooperación entre las partes para promover la conservación y la protección del medio ambiente, la prevención de la contaminación y de la degradación de los recursos naturales y ecosistemas, así como el uso racional de los recursos naturales en pro de un desarrollo sostenible”.

• Acuerdo de Cooperación Ambiental Chile - China

Suscrito en 2007, busca promover la cooperación en el campo de la protección ambiental. Sus áreas prioritarias y de interés mutuo son el control y monitoreo de la contaminación ambiental; una política de manejo de la calidad del agua y tecnologías para su tratamiento; y la conservación ecológica y control de la contaminación de las áreas marinas y costeras, entre otras.

• Acuerdo de Cooperación Ambiental Chile - Perú

Promulgado en julio de 2015, se centra en “promover la cooperación para el fortalecimiento de capacidades y potencialidades de las partes, incluidas las ONGs, a fin de impulsar el desarrollo de políticas y de la gestión ambiental; facilitar, mediante la cooperación, el cumplimiento de los compromisos internacionales en materia ambiental asumidos por las partes; y fortalecer el diálogo y el intercambio de experiencias en materia ambiental”.

Artículo publicado en InduAmbiente N° 166 (septiembre-octubre 2020), págs. 60-63.