Revista de descontaminación industrial, recursos energéticos y sustentabilidad.

SMA notificó a 364 establecimientos por incumplir el Plan de Descontaminación Atmosférica de la RM

SMA notificó a 364 establecimientos por incumplir el Plan de Descontaminación Atmosférica de la RM

Los titulares –representantes de 1.178 fuentes fijas, principalmente industriales, que no corresponden a "grandes establecimientos"– deberán registrar todas sus fuentes estacionarias en el catastro del Sistema de Seguimiento Atmosférico (SISAT) y conectarse en línea, entre otras obligaciones.



Jueves 11 de julio de 2024.- La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) notificó por medio de correos electrónicos a 364 establecimientos –que involucran 1.178 fuentes fijas, principalmente industriales– afectos al Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA) de la Región Metropolitana (RM), por no cumplir lo estipulado en este instrumento de gestión ambiental y en las instrucciones de la autoridad fiscalizadora.

Desde la SMA indicaron que las infracciones están asociadas a que los titulares no han remitido toda la información exigida al Sistema de Seguimiento Atmosférico (SISAT) y que la notificación masiva busca que los establecimientos, según corresponda, adopten las medidas para regularizar las siguientes obligaciones:

Registrar en el módulo de catastro de SISAT, todas las fuentes estacionarias del establecimiento.

Reportar en el módulo de muestreo y/o medición de SISAT, los informes de muestreo y análisis de material particulado de las fuentes estacionarias del establecimiento afectas al artículo 36 del PPDA RM.

Conectarse en línea con los sistemas de información de la SMA, según lo establecido en los artículos 53 y 56 del PPDA RM.

En la SMA puntualizaron que los titulares de fuentes fijas notificados no corresponden a los "grandes establecimientos" definidos en el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica de la RM, ya que estos últimos se fiscalizan por la medida de paralización en días de episodios durante el periodo de Gestión de Episodios Críticos (GEC).

La Superintendenta del Medio Ambiente, Marie Claude Plumer, señaló: "Esta medida preventiva busca que las fuentes reguladas propendan al cumplimiento ambiental, el cual es un imperativo para la operación de cualquier instalación. El PPDA para la Región Metropolitana establece una serie de medidas respecto al control de emisiones de fuentes fijas y que deben ser cumplidas por los titulares de establecimientos afectos a este plan. Todo esto con el objetivo claro de apuntar a reducir los niveles de contaminación en el aire y, así, resguardar la salud de la población".

Por su parte, Claudia Pastore, jefa de la División de Fiscalización de la SMA sostuvo que "esta notificación masiva a titulares de fuentes fijas sujetos al PPDA que rige para la Región Metropolitana tiene por objeto dar una instrucción preventiva para que estos establecimientos cumplan con las obligaciones que estipula este instrumento de gestión ambiental, y de este modo, evitar un futuro un procedimiento sancionatorio", indicó.

En relación a esto último, cabe recordar que el incumplimiento de las medidas establecidas en el PPDA RM y en sus instrucciones puede llevar a sanciones que van desde una amonestación por escrito y multas de una a diez mil unidades tributarias anuales ($791.604 a $7.916.040.000, calculadas al mes de julio) hasta la clausura temporal o definitiva, de acuerdo con lo previsto en el artículo 39 de la Ley Orgánica de la SMA (LOSMA).