Revista de descontaminación industrial, recursos energéticos y sustentabilidad.

Área de influencia en la componente calidad del aire

Rodrigo Palacios
Especialista Calidad del Aire
Gestión Ambiental Consultores



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A nivel nacional no existe un criterio oficial cuantificable para la definición del área de influencia (AI) en la componente calidad del aire. La letra a) del art. 2 del RSEIA la define como "el área o espacio geográfico, cuyos atributos, elementos naturales o socioculturales deben ser considerados con la finalidad de definir si el proyecto o actividad genera o presenta alguno de los efectos, características o circunstancias del art. 11 de la Ley, o bien para justificar la inexistencia de dichos efectos, características o circunstancias". El AI para esta componente, debiera considerar un área en cuyo límite los aportes del proyecto no generen efectos negativos para la salud de la población y/o efectos adversos sobre los recursos naturales.

La definición numérica de los aportes en calidad del aire sin generar efectos no es trivial, y no es equivalente a un aporte cero del proyecto o al límite de detección de los instrumentos de monitoreo. Para el primer caso los aportes son calculados por un modelo capaz de estimar concentraciones cercanas a cero, lo que implicaría obtener un AI de dimensiones exageradas. En el segundo caso la precisión dependerá del tipo de instrumento utilizado, lo que no asegura que un aporte que se encuentre en el límite de su detección no genere algún efecto indicado en el art. 11 de la Ley.

Otro aspecto relevante es la definición de AI para contaminantes que poseen distintos límites normativos de concentración. Por ello, resulta más adecuado considerar aportes relativos y no absolutos respecto de las normas, es decir, un criterio transversal a los distintos contaminantes utilizando un porcentaje respecto de las normas de calidad del aire.

A nivel internacional existen definiciones de significancia de aportes a las concentraciones en calidad del aire, es decir, no existiría efecto en los receptores por aportes adicionales. La EPA ha definido estadísticamente umbrales de aportes que no generarían cambios en el comportamiento anual de la calidad del aire, por ende, no modificarían sustancialmente la línea de base existente. Los umbrales definidos varían entre 1% a 7% de las normas de calidad del aire existentes en Chile, dependiendo del contaminante. Por otra parte, el IAQM en su documento "Significance in air quality" (noviembre, 2009), indica que variaciones inferiores al 1% de la norma generarían cambios de magnitud imperceptibles.

Un aporte de baja magnitud podría parecer aceptable, sin embargo, podrían no serlo en zonas que presenten superación de las normas de calidad del aire; o aceptable, si los niveles medidos en calidad del aire se encuentran muy por debajo de la normativa vigente. Así, aportes equivalentes al 1% de las distintas normas de calidad del aire para definir un AI en calidad del aire es un criterio conservador, pues asegura que los aportes no generarán ningún efecto fuera del área definida, mientras que dentro se deben evaluar si los impactos son significativos o no.

Columna publicada en InduAmbiente n° 177 (julio-agosto 2022), página 67.