Revista de descontaminación industrial, recursos energéticos y sustentabilidad.

SMA fija programa para monitorear la calidad de las aguas de la cuenca del Río Biobío

SMA fija programa para monitorear la calidad de las aguas de la cuenca del Río Biobío

Este instrumento establece las condiciones bajo las que se caracterizará, medirá, controlará y evaluará la calidad de las aguas continentales superficiales que se buscan proteger.



Viernes 14 de marzo de 2025.- La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), en coordinación con la Dirección General de Aguas (DGA) y el Ministerio del Medio Ambiente (MMA), dictó el Programa de Medición y Control de la Calidad Ambiental del agua (PMCCA) para las normas secundarias de calidad ambiental (NSCA) que buscan proteger las aguas continentales superficiales de la cuenca del Río Biobío. El documento fue publicado en el Diario Oficial el 11 de marzo de 2025.

Las NSCA establecen los valores de concentraciones (máximas o mínimas) permisibles de sustancias y elementos, cuya presencia o carencia en el ambiente pueda constituir un riesgo para la protección o la conservación del medio ambiente, o las funciones ecosistémicas de un cuerpo de agua específico.

En este contexto, el PMCCA para el río Biobío establece las condiciones bajo las que se realizará el monitoreo destinado a caracterizar, medir, controlar y evaluar la calidad de las aguas en un periodo de tiempo y espacio determinado.

De esta forma, dicho programa sistematiza y fija las condiciones de muestreo, medición y análisis para verificar el cumplimiento de las NSCA del río Biobío, mediante:

• Estaciones de monitoreo que permitan representar las áreas de vigilancia consideradas en las normas, individualizando ubicación geográfica.

• Organismos responsables de muestreo y análisis para cada parámetro.

• Metodologías de análisis y muestreo válidas.

• Frecuencia mínima y temporalidad de muestreo.

• Estaciones y/o parámetros adicionales a los normados, como parte de una Red de Observación, con el fin de complementar la Red de Control fijada mediante la norma.

• Otras condiciones de validación de las muestras (como límites de detección de los análisis correspondientes, análisis de especies fraccionadas, etc.).

• Contenido mínimo de los reportes técnicos que informen los resultados del muestreo, medición y análisis por parte de los organismos responsables de éste.

• Condiciones o características del Informe Técnico de Cumplimiento a desarrollar por esta Superintendencia.

Sobre la base de estas condiciones la SMA elaborará un informe técnico de cumplimiento normativo, en el cual se identificarán las áreas de vigilancia que estén en orden y las excedencias detectadas en la evaluación. Dicho reporte se publicará anualmente en el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), y será remitido al MMA para su conocimiento y fines pertinentes.

"Se trata de un hito muy relevante que nos permitirá establecer las condiciones bajo las cuales se realizará el monitoreo en la cuenca del Río Biobío, considerando acciones para medir, controlar y evaluar la calidad de las aguas en un periodo de tiempo determinado. Para esto, se definieron distintas estaciones de monitoreo donde se realizarán las campañas de muestreo y así poder determinar el cumplimiento de la norma", dijo la Superintendenta Marie Claude Plumer.

Cabe recordar que, a la fecha, existen ocho normas secundarias de calidad ambiental de aguas que apuntan a proteger las cuencas de los lagos Llanquihue y Villarrica; de los ríos Maipo, Biobío, Serrano, Aconcagua y Valdivia; y de la bahía Quintero-Puchuncaví. Ya se han publicado los programas de monitoreo para el control de las NSCA en los cuatro primeros, mientras que la SMA está trabajando en coordinación con el MMA, DGA y DIRECTEMAR para elaborar los instrumentos para los restantes casos.