Sin los océanos la vida se haría imposible. Como lo resalta la Organización de las Naciones Unidas (ONU), los mares cubren más de dos tercios de la superficie de nuestro planeta y producen cerca de la mitad del oxígeno que respiramos, haciéndolo habitable para todos los seres vivos. Incluso, absorben cerca del 30% de las emisiones globales de dióxido de carbono y el 80% del calor generado por el creciente aumento de los gases de efecto invernadero (GEI).
Por si fuera poco, influyen en el clima y la temperatura y nos proporcionan alimentos, medicamentos, recursos energéticos y también minerales.
En relación a esto último, el fondo de los océanos contiene grandes reservas de níquel, cobalto, cobre, molibdeno y litio, entre otros recursos que contribuirían a satisfacer la demanda proyectada y alcanzar uno de los objetivos del Acuerdo de París, referido a reducir en un 45% las emisiones de GEI para 2030 respecto a los niveles preindustriales, y lograr la carbono neutralidad para 2050.
En ese marco, diferentes gobiernos, empresas y consorcios internacionales han manifestado su interés en la extracción de recursos desde el suelo marino. Sin embargo, diversas voces, muchas de ellas científicas, han planteado los riesgos que conllevan estas faenas para la biodiversidad y algunas comunidades, amén de los vacíos legales que existen sobre el derecho propio del océano y la naturaleza.
Las actividades de exploración y extracción de estos recursos se engloban bajo el concepto de minería submarina, que implica la explotación de minerales sobre los 200 metros de profundidad, y hasta un máximo de 7.000 metros, en los océanos de alta mar, o sea, en aguas internacionales.
Como lo explicita el documento técnico "La Minería del Fondo Marino: Regulación internacional y comparada", fruto de una asesoría parlamentaria en Chile, a través de contratos internacionales de exploración y explotación (más de una treintena a la fecha), celebrados al amparo de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982 (Convemar) y de la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos (AIFM), "países como China, Rusia, Japón, Corea del Sur, Francia, Alemania, Reino Unido y Bélgica pueden explorar un área de alta mar de hasta 75.000 km². La licencia de exploración es válida por 15 años".
Naurú y Noruega
En junio de 2021, el gobierno de Naurú, estado de unos pocos miles de habitantes localizado en pleno Océano Pacífico, informó a la AIFM su intención de explotar el fondo marino de la zona Clarion-Clipperton, una extensión del Pacífico Norte entre Hawái y México que contendría abundantes riquezas minerales y que ha despertado el interés de otros países.
A falta de reglamento que regule esta actividad, el estado insular aprovechó una autorización de la AIFM, concedida en 2011, para efectuar prospecciones en esa zona a través de The Metals Company, una de las empresas líderes en la carrera global por explotar los metales en el suelo oceánico. La misma firma realizó hace solo algunos meses, a través de un robot submarino, un estudio para cuantificar los daños ambientales producidos por sus últimas pruebas. Tal informe, que entregaría en los próximos meses, será clave para obtener la autorización de la AIFM para iniciar la minería submarina a escala comercial.
También reciente es la aprobación que dio el Parlamento de Noruega a la exploración y explotación comercial de la minería submarina en aguas del océano Ártico. Un informe gubernamental confirmó, en junio de 2023, que la plataforma continental del país nórdico posee recursos mineros altamente cotizados, entre ellos, cobre, zinc y cobalto, considerados minerales críticos para la industria de los vehículos eléctricos y otras tecnologías ligadas a la transición energética.
Científicos han advertido que la actividad minera podría causar estragos importantes en ecosistemas marinos de esa y otras zonas del planeta. El Gobierno noruego, en tanto, prometió que el futuro otorgamiento de licencias a las empresas se hará en base a estudios sobre los probables impactos.
En respuesta a la decisión de Noruega, el Parlamento Europeo instó a los países miembros de la Unión Europea a establecer una moratoria internacional para estas faenas. El llamamiento se sustenta en la premisa de que es imprescindible realizar estudios exhaustivos sobre el impacto ambiental de este tipo de minería antes de proceder con su explotación.
En la misma línea, y tras intensos y controvertidos debates, los estados miembros de la Convención de las Naciones Unidas sobre la Conservación de las Especies Migratorias de Animales Silvestres (CMS, o Convenio de Bonn), acordaron en febrero último "no realizar actividades mineras en aguas profundas hasta que se haya obtenido información científica suficiente y sólida que garantice que no se causarían efectos perjudiciales a las especies migratorias, sus presas y ecosistemas, como expresa la resolución aprobada en dicha reunión", afirma una nota de prensa.
¿Y el Reglamento?
Mientras otros países también miran con buenos ojos la posibilidad de incursionar en este rubro, la AIFM avanza a trastabillones en la redacción y aprobación de un reglamento para la minería submarina, cuyo borrador fue publicado en febrero pasado. El organismo ha intentado, sin éxito, alcanzar consensos entre sus miembros, "divididos entre quienes piden pausar la actividad, quienes piden acelerar la explotación minera del fondo del mar y quienes no se pronuncian en público", destaca en un artículo el sitio web climatica.coop.
El informe encargado por parlamentarios chilenos sostiene que las actuales regulaciones sobre la materia, elaboradas por la AIFM, "serán subsumidas en un cuerpo normativo internacional de mayor alcance: el Código de Minería. Este proyecto contiene disposiciones técnicas, financieras y ambientales, el que podría ser aprobado en el corto plazo de acuerdo a la moratoria acordada en la última sesión de la AIFM en julio de 2023. Esta decisión fue liderada por Chile y Francia entre una veintena países".
Agrega que, de acuerdo a diversos investigadores, uno de los mayores desafíos que plantean los intentos de regular la minería submarina es que "simplemente no se sabe lo suficiente sobre los ecosistemas de aguas profundas, su conectividad con otras áreas oceánicas y su papel en los sistemas terrestres".
El documento plantea, asimismo, que aún se discute entre los estados miembros de la Convemar el mecanismo de participación en los beneficios de esta actividad, "ya que las normas de explotación exigen asegurar que la minería de aguas profundas en aguas internacionales beneficie a toda la humanidad. Por lo tanto, las ganancias obtenidas deben ser compartidas entre todos los países que integran la convención".
DATO:
90%
De las especies marinas que no han sido descubiertas habitan en la zona de mayor interés para la explotación de la minería submarina, según investigaciones.
Artículo publicado en InduAmbiente n° 187 (marzo-abril 2024), páginas 84 a 85.